domingo, 14 de marzo de 2010

Daños causados por el paso de la corriente a través del cuerpo humano

La causa fundamental de daños producidos por la electricidad es el paso de la corriente eléctrica a través del cuerpo humano. Para que circule intensidad a través del cuerpo humano es necesario que entre dos partes del mismo exista una tensión (o diferencia de potencial). Por el hecho de que el cuerpo humano en su conjunto esté a una tensión diferente de otra existente en algún objeto de su entorno, del que se encuentre eléctricamente aislado, no hay riesgo de daños causados por el paso de la corriente, aparece un riesgo debido a los efectos del campo eléctrico correspondiente.

Inmediatos
Contracción muscular, que puede provocar caídas, que a su vez pueden causar: Impacto, cortes, quemaduras (por contacto con zonas calientes), etc Incremento de la corriente (por la invasión de una zona más peligrosa)
Dificultad de respiración, que puede provocar asfixia. Perturbaciones en el corazón, que pueden ser:
Fibrilación ventricular. Produce un movimiento anormal del corazón que provoca la perdida de presión sanguínea.
Fibrilación auricular. Parada cardiaca.
Como consecuencia de la falta de circulación de la sangre se produce la muerte de las
células cerebrales por falta de oxígeno (anoxia).
Aumento de la presión sanguínea.
Quemaduras en las zonas de paso de la corriente.

La causa principal de muerte se considera la fibrilación ventricular. En algunos casos aparecen también como causas la parada cardiaca y la asfixia.

En el Anexo 1 se ven con mas detalle los efectos directos del paso de la corriente a través del cuerpo humano.

Secundarios Cerebrales Circulatorios Renales

sábado, 13 de marzo de 2010

Daños causables por la electricidad: Daños a las personas

Los accidentes eléctricos representan un porcentaje bajo respecto a los debidos a otras causas,
aunque la electricidad está presente en todo tipo de actividades humanas.

Algunos accidentes podrían evitarse si se utilizan los equipos de protección individual (EPI) y las herramientas adecuadas.

La gravedad de los accidentes es mayor en alta tensión.

Los daños que puede causar la electricidad pueden clasificarse de la siguiente forma: Causados por el paso de la corriente a través del cuerpo humano.
Causados por la presencia de campos electromagnéticos. Por otras causas.

viernes, 12 de marzo de 2010

Introducción

Los riesgos eléctricos están asociados con los efectos de la electricidad y en su mayor parte están
relacionados con el empleo de las instalaciones eléctricas. Las citadas instalaciones están
integradas por elementos que se utilizan para la generación, transporte y uso de la energía eléctrica. Sin embargo también existen riesgos por la aparición de fenómenos eléctricos relativamente fortuitos como pueden ser las descargas atmosféricas o las descargas electrostáticas.

Los riesgos eléctricos afectan tanto a las personas como a las infraestructuras (ingeniería civil, edificaciones e instalaciones).

Los riesgos debidos a las instalaciones eléctricas pueden reducirse si se actúa correctamente en las diferentes fases del proceso que transcurre desde la creación hasta la destrucción de las mismas.

Diseño
Ejecución (montaje) Mantenimiento
Uso
Desmantelamiento (desmontaje)

Como ocurre con otros tipos de riesgos la Ingeniería de Seguridad aplicada a los riesgos eléctricos, tiene por objeto reducir al máximo los mismos actuando en las fases mencionadas.

En este capitulo se hará especial hincapié en los riesgos eléctricos para las personas considerando tanto los efectos inmediatos como los mediatos. Se analizarán diferentes tipos de riesgos y los métodos para eliminarlos o reducirlos, haciendo mención de la reglamentación existente.

Es fundamental para la eliminación y reducción de riesgos que se contemple desde un primer momento, antes de comenzar el diseño de una instalación eléctrica, el destino y uso de la misma, solo de esta forma se logrará el objetivo previsto.

jueves, 11 de marzo de 2010

Comportamiento del organismo desde un punto de vista térmico (II)

Las variaciones de los parámetros modifican el balance térmico y la temperatura inter
na del cuerpo humano. La regulación de esta temperatura mediante mecanismos de retroalimentación nerviosos es función del hipotálamo, determinando la identificación
de la temperatura y modificando la producción o las pérdidas de calor cuyos efectos de respuesta, sudoración, flujo sanguíneo periférico, etc. ajustan las condiciones de la piel (y sus poros) para aumentar o disminuir la superficie de transmisión y la sudoración.

En la figura 3 se representa el mecanismo del sistema de termorregulación.





EFECTOS DE LAS TEMPERATURAS ALTAS SOBRE EL
ORGANISMO

* SE CALIENTA (HIPERTERMIA)

* VASODILATACIÓN

* ACTIVACIÓN DE LAS GLÁNDULAS SUDORÍPARAS

* AUMENTO DE LA CIRCULACIÓN PERIFÉRICA

* CAMBIO ELECTROLÍTICO DEL SUDOR: PÉRDIDA DE NaCI












X.7

CONSECUENCIAS DE LA HIPERTERMIA

TRASTORNOS PSÍQUICOS

DESHIDRATACIÓN Y DESALINIZACIÓN HIPERPIREXIA (GOLPE DE CALOR)



EFECTOS DE LAS TEMPERATURAS BAJAS SOBRE EL
ORGANISMO

* SE ENFRÍA (HIPOTERMIA)

* VASO CONSTRICCIÓN SANGUÍNEA

* CIERRE DE LAS GLÁNDULAS SUDORÍPARAS

* DISMINUCIÓN CIRCULACIÓN PERIFÉRICA

* AUTOFAGIA DE GRASAS

* ENCOGIMIENTO

* MUERTE A TEMP. INTERIOR INFERIOR A 28 ºC POR PARO CARDIACO

CONSECUENCIAS DE LA HIPOTERMIA

MALESTAR GENERAL
DISMINUCIÓN DE LA DESTREZA MANUAL COMPORTAMIENTO EXTRAVAGANTE (FALTA DE RIEGO
AL CEREBRO)

CONGELACIÓN DE LOS MIEMBROS.

miércoles, 10 de marzo de 2010

Comportamiento del organismo desde un punto de vista térmico

El ser humano mantiene un equilibrio térmico a través de mecanismos reguladores
internos que permiten conservar su temperatura basal en 37 ºC con pequeñas varia- ciones, de 0,5 ºC alrededor de este valor, según los individuos. Las alteraciones a esta temperatura provocan trastornos de tipo fisiológico que, mientras no alcance límites superiores a 39 ºC o inferiores a 34 ºC, no implican trastornos graves a la salud de la persona. La temperatura media de la superficie del cuerpo humano se determina apro- ximadamente t = 37,5 - 0,032 Q/S

siendo Q la producción interna de calor y S la superficie en metros cuadrados de la persona. La Tabla I indica las condiciones de confortabilidad y los trastornos produci- dos según la temperatura.

El mecanismo de termorregulación del organismo tiene como finalidad esencial el mantenimiento de la temperatura interna constante. En consecuencia en un balance térmico los calores generados internamente debe equilibrarse con el calor transmitido
al exterior según la ecuación:

M - Ed - Es - Ev - L = R + C = K

que se puede simplifica: M - E - L = R + C = K
donde: M es la producción metabólica de calor o generación interna de calor.

E es la pérdida de vapor de agua a través de la superficie de la piel por evaporación o difusión.

R es el calor eliminado por radiación, que será función de la temperatura de la superfi- cie del cuerpo humano y de las temperaturas de las diversas superficies del entorno que le rodea y se determina en función de las leyes de la radiación (Stefan Bolzman).

C es el calor eliminado por convección en la superficie exterior, más el que pueda pro- ducirse por conducción, y L la pérdida de calor sensible en la respiración.

La cantidad de calor eliminado por evaporación, cuyo valor máximo puede estimarse
en un litro por hora, con un límite a lo largo de la jornada laboral de unos cuatro litros se puede conocer por la ecuación

E = k2 x Vm (Pp -pa) W

donde E es el calor eliminado por unidad de tiempo. k2 es un coeficiente a ajustar experimentalmente
V es la velocidad del aire del entorno

W es la superficie de piel humedecida

y Pa y Pp son las presiones de vapor de agua a temperatura del aire y de la piel.

m coeficiente cuyo valor varía entre 0,37 y 0,63 según autores.


La temperatura media del cuerpo humano se puede determinar por:

tm = (I-K) tsk + ktre

tre = temperatura interna tsk = temperatura piel
K  0,8 / 0,9

El calor del metabolismo engloba los efectos producidos internamente en el cuerpo humano como consecuencia de reacciones químicas como la digestión, y trabajos mecánicos, respiración, circulación de la sangre, movimientos, esfuerzos y demás ac- tividades, en función del tipo de trabajo.

M = 71.3 P3/4 [1 + 0,004 (30-B) + 0,01 (S-43,4)]

y su valor en reposo resulta aproximadamente 75 kcal/hora.

En la Tabla I se dan los cálculos de la carga térmica metabólica en diferentes activida- des y los valores permisibles de exposición al calor. Los factores del balance térmico anterior son función de una serie de parámetros como se expresa en la Tabla II.

Según las condiciones ambientales y corporales el valor de los factores será distinto.
El metabolismo será siempre positivo, en tanto que es una producción interna de calor.
La evaporación representará siempre un factor negativo, en tanto que significa una pérdida de calor desde el cuerpo. La convección será positiva o negativa según las condiciones ambientales del aire. Así mismo la radiación tendrá un efecto positivo o negativo según las temperaturas de las superficies del entorno.

martes, 9 de marzo de 2010

Influencia del ambiente térmico en el trabajo. Introducción

Los ambientes térmicos requieren un estudio, conocimiento y adecuado tratamiento desde la perspectiva en el campo de la Seguridad Industrial, debido a los efectos que altas o bajas temperaturas y la aportación incontrolada de calor pueden provocar en el individuo y en su actividad laboral, dando lugar a riesgos profesionales.

La influencia de ambientes con temperaturas alejadas de las habituales en los locales
de trabajo, se aprecia en los índices de productividad, y en la tasa de siniestros y, es- pecialmente, en las consecuencias sobre la salud de las personas.

Su cuantificación en general y en especial para una actividad concreta son difíciles de definir y se basan generalmente en evaluaciones teóricas o de laboratorio, además de estadísticas y datos experimentales, deduciéndose una relación directa o causal entre la temperatura y los efectos producidos.

Está demostrado que a temperaturas elevadas hay una disminución de la atención y del estado de conciencia y, como consecuencia, una alteración en la efectividad y en
la seguridad de la operación. Como ejemplo experimental la Figura 1 corresponde a
estudios realizados por Belding relativos a la influencia de la temperatura en la sinies- tralidad en una acería, donde la curva inferior se refiere a temperaturas en ºC y la su- perior a accidentes por millón de horas hombre trabajadas.

lunes, 8 de marzo de 2010

La Directiva de máquinas y la responsabilidad del producto (IV)

Como anteriormente indicaba, al ser esta Directiva de Nuevo Enfoque, abarca a distintas máquinas con distintos niveles de riesgo. En este sentido se establecen unos "Requisitos esenciales de seguridad y de salud relativos al diseño y fabricación de las máquinas" que se agrupan en función de los riegos que cubren y que parten de los principios siguientes:

a) Las obligaciones establecidas por los requisitos esenciales de seguridad y de salud sólo se aplicarán cuando la máquina de que se trate, utilizada en las condiciones previstas por el fabricante, presenten el correspondiente riesgo.

b) Los requisitos esenciales de seguridad y de salud enunciados en la presente
Directiva son imperativos.

c) El fabricante debe analizar los riesgos para indagar cuales de ellos puede presentar su máquina, a fin de diseñarla y fabricarla teniendo en cuenta el análisis efectuado.

domingo, 7 de marzo de 2010

La Directiva de máquinas y la responsabilidad del producto (III)

Dentro de las máquinas incluidas en el campo de aplicación de la Directiva, existen una serie de ellas, que por más características de peligrosidad requieren una sistemática de certificación, que posteriormente se comentará, específica. Estas máquinas son las siguientes:


a) Las máquinas para trabajar la madera (Sierras de cinta, sierras circulares, enderezadoras, espigadoras, tupís, sierras portátiles, etc.). En este apartado se incluyen las sierras circulares y de cinta para trabajar la carne.

b) Prensas y plegadoras para trabajar en frío los metales, cuyos elementos móviles de trabajo tengan un recorrido superior a 6 mm y una velocidad no inferior a 30 mm/s.

c) Las máquinas para moldear plásticos y caucho por inyección o compresión de carga
o descarga manual.

d) Las máquinas para trabajos subterráneos (sobre raíles como las locomotoras, cubetas de frenado, las máquinas hidráulicas de entibación progresiva y los motores de combustión interna destinados a equipar máquinas para trabajos subterráneos).

e) Los compactadores de recogida de desperdicios domésticos de carga manual y con mecanismos de compresión.

f) Los dispositivos de protección y los árboles cardan de transmisión de potencia entre
la máquina motriz y una máquina receptora y sus protectores. g) Las plataformas elevadoras para vehículos.
h) Los aparatos para elevación de personas que presupongan un riesgo de caída de estas desde una altura vertical no inferior a 3 m.

i) Las máquinas para la fabricación de artículos pirotécnicos.

j) Los componentes de seguridad relacionados en la página 12.

sábado, 6 de marzo de 2010

La Directiva de máquinas y la responsabilidad del producto (II)

Por su especificidad, hay máquinas que se han excluido de su campo de actividad, bien porque serán objeto de otras Directivas de Nuevo Enfoque, bien porque sobre las mismas existe ya legislación comunitaria y esta se considera como suficiente para la armonización pretendida, o bien porque su incidencia o características no requieren al menos de momento su armonización. Las máquinas que se encuentran en algunas de estas circunstancias son las siguientes:

a) Las máquinas cuya única fuente de energía sea la fuerza humana, empleada directamente, salvo si se trata de una máquina utilizada para la elevación de cargas.

b) Las máquinas para uso médico utilizadas en contacto directo con el paciente.

c) Los materiales específicos para ferias y parques de atracciones. d) Las calderas de vapor y recipientes a presión.
e) Las máquinas especialmente concebidas o puestas en servicio para usos nucleares y cuyos fallos puedan originar una emisión de radioactividad.

f) Las fuentes radioactivas incorporadas a una máquina. g) Las armas de fuego.
IX.12

h) Los depósitos de almacenamiento y las conducciones para transporte de gasolina, gasóleo, líquidos inflamables y sustancias peligrosas.

i) Los medios de transporte, es decir, los vehículos y sus remolques destinados únicamente al transporte de personas por vía aérea o por las redes públicas viarias, férreas o acuáticas, y los medios de transporte, en la medida en que hayan sido diseñados para el transporte de mercancias por via aérea o por las redes públicas viarias, férreas o acúaticas. No están excluidos los vehículos empleados en la industria de extracción de minerales.

j) Los buques marítimos y unidades móviles "Offshore", así como los campos instalados a bordo de tales buques o unidades.

k) Las instalaciones por cable, incluidos los funiculares para transporte público o no publico de personas.

l) Los tractores agrícolas y forestales a los que se refiere el Artículo 1º de la Directiva
74/150/CEE del Consejo, de fecha 1974-03-04 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembro sobre la homologación de los tractores agrícolas y forestales de ruedas, modificada por la Directiva 88/297/CEE.

m) Las máquinas especialmente diseñadas y fabricadas para las fuerzas armadas o las fuerzas de orden publico.

n) Cualquier otra de las máquinas ó componentes de seguridad para los que los riesgos contemplados en esta Directiva estén cubiertos total o parcialmente por otra(s) u otras directiva(s) específica(s), desde su fecha de aplicación.

p) Los ascensores utilizados de manera permanente en niveles definidos de edificios y construcciones con ayuda de una cabina que se desplace a lo largo de guías rígidas cuya inclinación sobre la horizontal sea superior a 15, destinada al transporte de:

- Personas,

- Personas y objetos,

- Objetos, si la cabina es accesible, es decir, en la que una persona puede entrar sin dificultad, y esta equipada de elementos de mando situados en el interior de la cabina y al alcance de una persona que se encuentra en la misma.

q) Los medios de trasporte de personas que utilicen vehículos de cremallera.

r) Los ascensores utilizados en los pozos de las explotaciones mineras.

s) Los elevadores de tramoya teatral.

t) Los ascensores de obras de construcción.

viernes, 5 de marzo de 2010

Riesgos para el medio ambiente

En el contexto exclusivo de los productos químicos, las Directivas comunitarias sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos, ofrecen una definición general que sirve de referencia a todos los ámbitos, comercial con inclusión del tratamiento aparte de los medicamentos y productos fitosanitarios y biocidas, industrial, laboral, medioambiental con la inclusión especial de los residuos y de la prevención de accidentes mayores, sanitaria y protección del usuario:

Se consideran sustancias o preparados PELIGROSOS PARA EL MEDIO AMBIENTE si
en contacto con éste presentan o pueden presentar un peligro inmediato o futuro para uno o más componentes del medio ambiente.

Aunque la clasificación obedece al objetivo principal de alertar sobre los riesgos que pueden afectar a los ecosistemas, actualmente están mucho más desarrollados los ensayos ecotoxicológicos relativos a los ecosistemas acuáticos. Por esta razón, se clasifican en primer lugar en peligrosos para el medio ambiente acuático y en peligrosos para el medio ambiente no acuático.

jueves, 4 de marzo de 2010

Riesgos para la salud humana (toxicidad y otros efectos específicos) (VII)

TOXICOS PARA LA REPRODUCCION, los que por inhalación, ingestión o penetración cutánea, pueden producir efectos negativos no hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia de éstos, o afectar de forma negativa a la función o capacidad reproductora masculina o femenina. También se clasifican en tres categorías:

Primera categoría, de los que se sabe ciertamente, a partir de datos epidemiológicos, que perjudican la fertilidad de los seres humanos, (efectos negativos sobre la líbido, comportamiento sexual, espermatogénesis u ovogénesis, actividad hormonal o respuesta fisiológica que puedan interferir la capacidad de fertilizar, la misma fertilización, el desarrollo del huevo fecundado hasta la fase de implantación, incluyendo ésta misma), puesto que se dispone de suficientes pruebas para establecer una relación entre exposición y problemas de fertilidad, y también aquellos de los que se sabe ciertamente, a través de datos epidemiológicos, que producen toxicidad para el desarrollo de seres humanos, es decir cualquier efecto que interfiera el desarrollo normal tanto antes como después del nacimiento, (incluye efectos embriotóxicos/fetotóxicos y teratogénicos, entre otros), ya que existen suficientes pruebas para establecer una relación entre la exposición y la posterior aparición de efectos tóxicos para el desarrollo de la descendencia.

Segunda categoría, los que pueden considerarse como perjudiciales para la fertilidad de los seres humanos y aquellos que pueden considerarse como tóxicos para el desarrollo de los seres humanos, ya que se dispone de datos suficientes para suponerlo firmemente para la exposición de seres humanos a partir de investigaciones con animales sin que se trate de consecuencias secundarias inespecíficas de otros efectos tóxicos en caso de que los hubiere.

Tercera categoría, preocupantes para la fertilidad humana y preocupantes para los seres humanos por sus posibles efectos tóxicos para el desarrollo, ya que se poseen datos para ello con experimentación con animales pero no son suficientes para su clasificación en la segunda categoría.

miércoles, 3 de marzo de 2010

Riesgos para la salud humana (toxicidad y otros efectos específicos) (VI)

MUTAGENICOS, los que por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir alteraciones genéticas hereditarias o puedan aumentar su frecuencia. Pueden clasificarse su vez en tres categorías:

Primera categoría, los que se conoce ciertamente que son mutagénicos para la especie humana, ya que se dispone de pruebas suficientes a partir de estudios epidemiológicos que demuestran una relación de causa/efecto entre la exposición de seres humanos a ellos y la aparición de alteraciones genéticas hereditarias. Hasta ahora no se ha clasificado ninguna sustancia en esta categoría, ya que es muy difícil la obtención de datos fiables referidos a la incidencia de mutaciones sobre poblaciones humanas.

Segunda categoría, que pueden considerarse como mutagénicos para la especie humana, ya que se dispone de suficientes elementos de juicio para suponer que la exposición de seres humanos a los mismos puede producir alteraciones genéticas hereditarias, basados generalmente en estudios apropiados en animales y otras informaciones válidas.

Tercera categoría, cuyos posibles efectos mutagénicos en la especie humana son preocupantes, siendo insuficientes las investigaciones realizadas para clasificarlos en
la segunda categoría.

martes, 2 de marzo de 2010

Sistemas de depuración III

Los separadores centrífugos reciben el nombre de ciclones. El límite de aplicación de este tipo de separador está en partículas de 5 a 10 m. de diámetro. Se emplean en instalaciones de funcionamiento continuo como: hornos de cemento, siderurgia y fundiciones, industria química y combustión de carbones.

Los separadores de capa porosa se denominan, también, filtros de mangas. Están basados en la retención por choque con un material filtrante de las partículas en suspensión. Dentro de este sistema de retención destacan los filtros de tela y los filtros de papel. Los filtros de tela se emplean con frecuencia en la retención de partículas de tamaño grande que tienen interés económico. Los elementos filtrantes tienen forma tubular de ahí el nombre de filtros de mangas. Su rendimiento varía con el tiempo y suele alcanzar valores del 99 por 100. Los filtros de papel se denominan filtros de alta eficacia o absolutos. Se emplean en salas estériles de hospitales, instalaciones farmacéuticas y montajes electrónicos de alta precisión. Por contra a los de tela no son recuperables. Alcanzan rendimientos del 99.97 por 100.

lunes, 1 de marzo de 2010

Sistemas de depuración Parte II

Los separadores de gravedad son cámaras de sedimentación suficientemente grandes
en las que la velocidad de la corriente gaseosa se reduce para que las partículas que están en suspensión tengan tiempo suficiente para depositarse. El funcionamiento de estas cámaras exige grandes longitudes para poder separar partículas pequeñas, por ello
el sistema sólo se emplea bien como etapa previa a otro sistema o bien para la separación de partículas de gran tamaño (diámetros superiores a 50 m).

Los separadores inerciales funcionan imprimiendo un cambio brusco a la dirección de la corriente gaseosa lo que permite la separación de las partículas debido, principalmente, a su inercia. El empleo de estos sistemas se limita a la captación de partículas de diámetro superior a 20 m por lo que se emplean como separadores previos.