martes, 7 de agosto de 2012

Efectos sobre el cuerpo humano de la corriente alterna entre 15 y 100 Hz.

Para clasificar los efectos de la corriente sobre el cuerpo humano se establecen los siguientes umbrales:

Umbral de percepción. Valor mínimo de la corriente que provoca una sensación en la persona por la que pasa. Depende a su vez de la superficie de contacto, de las condiciones del contacto, de las características fisiológicas de la persona y del tiempo. Se toma habitualmente un valor de 0,5 mA, cualquiera que sea el tiempo.

Umbral de no soltar. Valor máximo de la corriente para la que una persona que tiene electrodos puede soltarlos. Depende de los factores citados anteriormente. Se toma un valor de 10 mA

Umbral de fibrilación ventricular. Valor mínimo de la corriente que provoca la fibrilación ventricular. Depende de parámetros eléctricos y fisiológicos. Decrece si la duración se prolonga mas allá de un ciclo cardiaco. Se ha establecido una curva por debajo de la cual la fibrilación no es susceptible de producirse. Para 10 ms 500 mA, para 100 ms 400 mA, para 1 s 50 mA y para duraciones superiores a 3 s 40 mA.

Factor de corriente del corazón. Relación de la intensidad de corriente que siga el trayecto de la mano izquierda a los pies con la intensidad de corriente para un trayecto dado, que corresponda al mismo peligro de fibrilación ventricular.

Periodo vulnerable. Parte del ciclo cardiaco durante el cual las fibras del corazón están en un estado no homogéneo de excitabilidad y la fibrilación ventricular se produce si son excitadas por una corriente eléctrica de intensidad suficiente.

A continuación se presentan gráficamente los valores citados.

lunes, 6 de agosto de 2012

ANEXO 1

EFECTOS DEL PASO DE LA CORRIENTE A TRAVÉS DEL CUERPO HUMANO.

Los efectos son diferentes para cada tipo de corriente: alterna (a frecuencia de red, alta frecuencia,
pulsante) o continua. Se utilizan las siguientes definiciones:

Choque eléctrico: Efecto fisiológico debido al paso de la corriente eléctrica por el cuerpo humano o de un animal.

Electrocución: Acción y efecto de matar por medio de una corriente eléctrica.

domingo, 5 de agosto de 2012

Referencias

Norma UNE 20460. Norma UNE 20 572. Norma UNE-ENV 50166
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. MINER.

Curso sobre el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. ADAE. Ed. Paraninfo.

Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones  y Centros de Transformación. MINER.

Normas VDE 0100 de protección eléctrica. De. Marcombo S.A..

Repertorio de directivas vigentes y programadas sobre seguridad en los productos, estructurado analíticamente. J.L. Castella, M. Grau, J. Pinilla, P.Casla. Nº 96 Salud y Trabajo-1993


sábado, 4 de agosto de 2012

Resumen y Conclusiones

Los riesgos eléctricos aparecen básicamente por dos causas:

·    Defectos en las instalaciones
·    Actuaciones incorrectas

Para disminuir o eliminar los riesgos es necesario actuar sobre las causas de los mismos. Las actuaciones posibles sin intentar ser exhaustivos pueden resumirse en las siguientes:

·    Diseño adecuado de los sistemas eléctricos a las características y al uso.
·    Correcta ejecución (empleando los materiales especificados).
·    Verificación antes de la puesta en servicio.
·  Cuidado mantenimiento y realización de verificaciones e inspecciones periódicas.
·    Formación del personal sobre los riesgos de sus actuaciones y los equipos de protección
·    Establecimiento de los sistemas de control que eviten intervenciones de personal sin la formación adecuada para realizarlas.
· Formación del personal en prestación de primeros auxilios y técnicas de  reanimación. En caso de parada cardiaca o fibrilación ventricular, si se reanima al accidentado en un plazo no superior a 4 minutos la probabilidad de salvación es del orden del 50%. Es imprescindible asegurarse de que no se produzca un nuevo accidente antes de proceder a la extracción del accidentado del lugar en que se encuentre (comprobando la ausencia de tensión  o utilizando elementos aislantes adecuados en caso de duda).

viernes, 3 de agosto de 2012

Comentarios sobre los textos legales

La Reglamentación representa la preocupación y el esfuerzo de las diferentes administraciones públicas para lograr niveles aceptables de seguridad. La Reglamentación acota sensiblemente la solución a adoptar pero no la define concretamente. Suele existir un retraso entre el estado de la técnica y la reglamentación correspondiente. En ciertos casos existen incoherencias entre las exigencias y las mejores soluciones técnicas.

Está a punto de aparecer (se espera para antes de final del o 2000) el nuevo Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, que manteniendo la estructura del anterior (de 1973) introduce importantes cambios motivados por la evolución de las instalaciones y en particular las de edificios destinado al uso de viviendas.

También está a punto de aparecer el Real Decreto sobre disposiciones mínimas para la protección de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

jueves, 2 de agosto de 2012

Reglamentación Nacional no obligatoria

-           Normas Técnicas de la Edificación.

-           Normas UNE no mencionadas en la normativa anterior.

-           Recomendaciones UNESA no mencionadas en la normativa anterior.

-           Proyectos tipo UNESA

miércoles, 1 de agosto de 2012

Reglamentación Nacional de obligado cumplimiento

-Reglamento  Electrotécnico  para  Baja  Tensión,  aprobad por Decreto 2.413/1.973 de 20 de Septiembre ( B.O.E. 9-10-73) (en fase avanzada de revisión importante)

- Instrucciones Complementarias al Reglamento Electrotécnico  para Baja Tensión, aprobadas por O.M. de 31 de Octubre de 1.973.

Modificaciones de las Instrucciones Complementaria  MI.B.T. del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobadas por diferentes O.M.

Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías  de  Seguridad en  Centrales Eléctricas Subestacione y   Centro    de Transformación, aprobado por Real Decreto 3.275/1.982 de  12  de Noviembre (B.O.E. 1-12-82).

-    Instrucciones  Técnicas  Complementarias  al  Reglament sobre Condiciones Técnicas  y Garantías  de  Seguridad  en  Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, aprobadas por O.M. de 6 de Julio de 1.984 (B.O.E.                                                                         1-8-84)

.O.M. de 18 de Octubre de  1.984,  complementaria  de  la O.M. de 6 de Julio de 1.984 (B.O.E. 25-10-84)

-  Normas  sobre  ventilación  y  accesos  a  ciertos  Centro de Transformación, aprobadas  por  Resolucióde  la  Dirección General de Energía de 19 de Junio de 1.984 (B.O.E. 26-6-84)

Reglamento de  Líneas  Aéreas  de  Alta  Tensión,  aprobado  por Decreto 3.151/1.968 de 28 de Noviembre (B.O.E. 27-12-68  y 8-3-69).

- Reglamento de Verificaciones  Eléctricas  y  Regularidad  en  el Suministro de Energía, aprobado por Decreto de 12  de  Marzo  de 1.954

Modificacione a Reglamento   de    Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el  Suministro  de  Energía, aprobadas por Real Decreto 1.725/1.984 de  18 de  Julio (B.O.E. 25-9-84).

Modificacione de Art 2 de Reglament de Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el Suministro de Energía, aprobadas por Real Decreto 153/1.985
de 6 de Febrero (B.O.E. 9-2-85).

- Normas sobre acometidas eléctricas y aprobación  del  Reglamento correspondiente, aprobado por Real Decreto 2.949/1.982 de 15  de Octubre (B.O.E. 12-11-82).

Corrección  de  errores  del  Real  Decreto  2.949/1.982 (B.O.E. 14-2-82).

Normas de las compañías eléctricas
Normas UNE exigidas en los Reglamentos
Ordenanza General de Seguridad e Higiene en El Trabajo (Orden de Marzo de 1971). Se espera la publicación del Reglamento para Trabajos en Instalaciones Eléctricas que la sustituya en esa materia.
Prescripciones de seguridad Para Trabajos y Maniobras en Instalaciones
Eléctricas (AMIS).