lunes, 31 de agosto de 2009

Evaluación de los riesgos: Concepto y necesidad de la evaluación de riesgos (III)

La evaluación de riesgos es una herramienta indispensable en la actividad preventiva, mediante la cual se obtiene la información precisa para determinar las decisiones apropiadas en orden a adoptar las medidas necesarias de prevención y su planificación, estableciendo las prioridades que correspondan.

La evaluación de riesgos es en sí misma una actividad preventiva, la primera, puesto que se dirige a identificar los factores de riesgo y prever los posibles daños y su magnitud, para poder elegir los medios para eliminarlos o minimizarlos. Por lo tanto, se trata de tomar las medidas adecuadas a tiempo, de actuar con anticipación, preventivamente, para no tener que lamentar que se produzcan daños y que su análisis, entonces a posteriori, nos delate los factores de riesgo que los han desencadenado y tener que actuar, ya a destiempo, corrigiendo las incorrectas o defectuosas condiciones de trabajo.

El concepto de evaluación de riesgos difiere según el objeto que se persigue, el motivo por el que se hace, quién la realiza, sobre qué elementos, en qué sector y en qué actividades.
Así es diferente la efectuada en relación con el medio ambiente que la relativa a prevención de riesgos laborales, por imperativo legal o con objetivos de calidad, si la realiza un
actuario o un higienista industrial, si se refiere a equipos o productos que se van a comercializar o a lugares de trabajo, si se trata de una instalación radiactiva o una sala de espectáculos o un establecimiento hotelero. Se debe añadir los diferentes enfoques según
la tradición en los diferentes Estados, sectores, culturas, etc.

El objeto de este trabajo impide la extensión sobre las distintas opciones, ni siquiera centrándose exclusivamente en la prevención de riesgos laborales, por lo que se ceñirá, como referencia, a la orientación de la Comisión Europea basada en un documento sobre Directrices para la evaluación de riesgos en el lugar de trabajo, en el que los autores han participado.

domingo, 30 de agosto de 2009

Evaluación de los riesgos: Concepto y necesidad de la evaluación de riesgos (II)

Es conveniente lo siguiente:

- Realizar una evaluación inicial en la empresa, con carácter general, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad e incluyendo aquellos trabajadores que sean especialmente sensibles a determinados riesgos.

- Realizar una evaluación con ocasión de la elección de equipos de trabajo, de productos químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo.

- Se tendrá en cuenta la reglamentación sobre riesgos específicos y sobre actividades peligrosas. (Por ejemplo, las vigentes sobre ruido, plomo, radiaciones ionizantes, etc.)

- Se actualizará cuando cambien las condiciones de trabajo.

- Se revisará con ocasión de que se produzcan daños para la salud.

- Si el resultado de la evaluación lo hace necesario, se realizarán controles periódicos.

- Se realizará una investigación con objeto de detectar y analizar las causas, con ocasión de que se produzcan daños para la salud o cuando a través de la vigilancia de la salud aparezcan indicios de que no son adecuadas o suficientes las medidas de prevención.

- Se deberá contar con la colaboración de los trabajadores y la participación de sus representantes, especialmente de los delegados de prevención.

- Se informará de sus resultados a los trabajadores concernidos y a sus representantes.

- Se registrarán todos los datos relevantes, los cuales estarán a disposición de las autoridades laborales y sanitarias y de los trabajadores designados para ejercer funciones de prevención, y en su caso, de los Servicios de Prevención.

sábado, 29 de agosto de 2009

Evaluación de los riesgos: Concepto y necesidad de la evaluación de riesgos (I)

El empresario, para conseguir satisfactoriamente los objetivos de un nivel de protección
eficaz de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, deberá mantener unas condiciones de trabajo sanas y seguras. Para tomar todas las medidas necesarias, las más adecuadas, con el fin de conseguir este objetivo, el empresario debe partir del conocimiento de la situación a través del análisis de las condiciones de trabajo y la consiguiente evaluación de riesgos.

Tal es su importancia, que debe ser la primera actividad preventiva a emprender para, partiendo de sus resultados, planificar adecuadamente, o en su caso, modificar el plan existente, el resto de la actividad preventiva. Hay que advertir que la actividad preventiva incluye la información y la formación de los trabajadores y necesita su participación.

jueves, 27 de agosto de 2009

DETERMINACIÓN DE LOS REQUISITOS RELACIONADOS CON EL PRODUCTO y COMUNICACION CON LOS CLIENTES

DETERMINACIÓN DE LOS REQUISITOS RELACIONADOS CON EL PRODUCTO

La organización debe determinar:

a) los requisitos específicos por el cliente, incluyendo los requisitos para las actividades de entrega y posventa;
b) los requisitos no especificados por el cliente pero necesarios para la utilización prevista o especificada,
c) los requisitos legales y reglamentarios relacionados con el producto, y
d) cualquier requisito adicional determinado por la organización.


COMUNICACION CON LOS CLIENTES

La organización debe determinar e implementar disposiciones eficaces para la comunicación con los clientes, relativas a:

a) la información sobre el producto;
b) el tratamiento de preguntas, contratos y pedidos, incluyendo las modificaciones, y
c) la retroalimentación del cliente, incluyendo sus quejas.





miércoles, 26 de agosto de 2009

ENFOQUE AL CLIENTE y COMUNICACIÓN INTERNA

ENFOQUE AL CLIENTE

La alta dirección debe asegurar que los requisitos del cliente se determinan y cumplen con el propósito de realizar la satisfacción del cliente.


COMUNICACIÓN INTERNA

La alta dirección debe asegurar que se establecen los procesos apropiados de comunicación dentro de la organización y que la comunicación se efectúa considerando la eficacia del sistema de gestión de la calidad.

martes, 25 de agosto de 2009

Normas (XVII) TECNICAS ESTADISTICAS

Por otra parte, la versión de la norma ISO 9000 del 2000, actualiza e incorpora requisitos respecto a la versión de 1994, y completa de esta manera algunos de los aspectos más relevantes

A continuación se recogen las diferencias entre ambas versiones, así como una tabla de referencias cruzadas entre las mismas, que ayuda a la comprensión y aplicación de las mismas.

domingo, 23 de agosto de 2009

Conclusiones, Gerencia de Riesgos III

El accidente de Harrisburg es uno de los mejores ejemplos de costes escondidos por la
inseguridad, y el estudio de dicho accidente, que ha promovido decenas de publicaciones y provocó en su día cambios importantes en la normativa nuclear, puso de relieve que la legislación nuclear está fundamentalmente orientada a la protección de las personas, pero no a la autoprotección de la instalación por las inversiones económicas realizadas. Lógicamente, se entiende que de esto último quien ha de ocuparse con la pertinente ingeniería de seguridad es la propia empresa, y por tanto no cabe que el legislador o autoridad gubernativa imponga requisitos específicos sobre la protección de inversiones, aunque en gran medida al proteger a la población, sus bienes y el medioambiente, indirectamente también se está protegiendo a la propia inversión.

En definitiva, la gerencia de riesgos debe tener en mente la existencia de estos costes ocultos de la inseguridad, por la probabilidad de que se hagan realidad y supongan un grave quebranto económico.

La exigencia de una economía de seguridad se plasma en la confección de un Manual
de Seguridad que incluya todos los aspectos de los diferentes ámbitos de la seguridad que tienen que tenerse en cuenta.

En concreto, parte esencial del Manual de Seguridad Industrial de una empresa tendría que contemplar los aspectos siguientes:

 misión de la empresa y compromiso de ésta con sus objetivos y con la seguridad
 descripción de la empresa y de su organigrama funcional, incluyendo los compromisos de los diversos elementos directivos con la seguridad.
 responsabilidades de los diferentes elementos componentes de la empresa, desde la dirección al trabajador en general, con énfasis especial en los servicios de prevención y en gerencia de riesgos.
 identificación de todas las exigencias legales y reglamentarias que quepa observar, formando con ellas un bloque de información que sirve de punto de referencia fundamental para las actuaciones en seguridad.
 establecimiento de un sistema de gestión de la seguridad, para conocer con precisión suficiente la situación de la seguridad en sus diversos ámbitos, laboral, de productos, y de la propia instalación; incluyendo la revisión sistemática de dicho sistema de gestión
 estructura organizativa de la seguridad, con énfasis especial en las funciones de la dirección y de los servicios de prevención.
 documentación y registros sobre la seguridad, imprescindibles para mantener una actualización de la ingeniería de seguridad de acuerdo con la situación real de los procesos de la empresa y personal involucrado; y así mismo para entender de los requisitos de las inspecciones oficiales, o eventualmente de la autoridad judicial
 seguridad en las diversas fases o procesos de la empresa, desde el aprovisionamiento hasta el servicio postventa, incluyendo la seguridad en las actividades que sean subcontratadas.
 seguridad en el diseño de nuevas instalaciones y en reforma de las existentes, todo
lo cual debe quedar suficientemente documentado en los registros
 establecimiento de Manuales de Protección para la seguridad laboral
 establecimiento de un Plan de Emergencia interior para la reacción ante accidentes o incidentes sin repercusión al exterior
 Plan de Emergencia exterior que prevea la conexión con las autoridades públicas y en los servicios de protección civil.
 sistemas de control que afecten a las actividades de seguridad, incluyendo el control de la aplicación de los medios de protección
 programa de formación y entrenamiento de todo el personal con las correspondientes características de cada nivel de clase o productor

 elaboración de los informes de seguridad que de manera específica se requieran por
la legislación aplicable.