Una obligación elemental de cualquier empresa industrial es llevar a cabo una adecuada gerencia de riesgos, en la cual suelen distinguirse dos partes. La gerencia mediante cobertura de siniestros, lo cual se realiza a través de aseguradoras, pagando las correspondientes primas; y la ingeniería de seguridad, que consiste en llevar a cabo las acciones de análisis y corrección necesarias para obtener una buena seguridad industrial en todos sus ámbitos.
Aunque la cobertura de riesgos mediante seguros suscritos por terceros aparentemente no exige un conocimiento muy a fondo de la realidad de la empresa, lo cierto es que para tener un adecuado nivel de aseguramiento, y no estar ni sobreasegurado ni subasegurado respecto de la siniestralidad real de la actividad industrial, conviene conocer con precisión las características de la ingeniería de seguridad de la empresa. En este sentido, las dos actividades reseñadas no son diferentes o disjuntas entre sí, sino que pueden considerarse las caras de una misma moneda: la seguridad industrial de la empresa o servicio que se considera.
Precisamente por esta dualidad en la gerencia de riesgos, en principio se podría optar por ser más laxos en la ingeniería de seguridad, y dedicar mayor presupuesto a primas de seguros, para cubrir los perjuicios generados por los posibles accidentes. Alternativamente, cabe pensar en mejorar nuestra ingeniería de seguridad, y reducir los costos de las primas de los seguros. Es decir, cabe cargar la cobertura de seguridad en el aseguramiento externo, o cabe mejorar la seguridad mediante una mejor práctica de seguridad en el interior de la empresa.
Ni que decir tiene que es esta última opción de mejorar la calidad de la seguridad la que resulta recomendable, entre otras cosas por la carestía de las primas de los seguros cuando la situación de seguridad no es muy conocida, o arroja sospechas de que no goza de suficiente calidad. Lógicamente en esos casos las compañías aseguradoras tienden a subir las primas para cubrirse de las incertidumbres que el mal conocimiento
de la seguridad de la empresa comporta.
Ya se ha mencionado que en las empresas industriales españolas aproximadamente el
0,75% del volumen de negocio se dedica a la ingeniería de la seguridad, ésto es, a gastos en inversiones, equipo, formación, pago de auditorías externas, etc.
Esto significa un gasto anual superior a los 200.000 millones de pesetas, pero a ello hay que añadir lo que se invierte en seguridad en las nuevas plantas. En este caso, el porcentaje de lo que representa la seguridad sobre el total es muy superior a lo anteriormente mencionado que puede considerarse constituye los gastos corrientes de la seguridad. Por lo que corresponde a los gastos de seguridad en las inversiones, éstos oscilan entre valores poco representativos en industria sin alta peligrosidad hasta valores superiores al 10% de la inversión en el caso de la industria química y aun más en el caso de la nuclear.
Obviamente es en estos sectores donde mayor importancia se da a la ingeniería de seguridad, y donde resulta muy dificil, por no decir imposible dados los requisitos de la legislación, descargar el tema de la seguridad en terceras partes merced a cobertura por seguros y pago de las correspondientes primas. En estos casos, tanto por la legislación nuclear como por las directivas Seveso y demás disposiciones que afectan a la industria química, el mayor peso de la gerencia de riesgos se haya en la ingeniería interna de seguridad.
Una tercera pero fundamental misión de la gerencia de riesgos es atender al cumplimiento de la legislación, particularmente aquélla que pueda incorporar delitos penales, como son las derivadas de la legislación laboral y de la nueva legislación en materia de delitos medioambientales. En este caso, la cobertura de riesgos se debe realizar mediante auditorías externas e internas que aseguren y demuestren el cumplimiento estricto de la legislación. Por lo que corresponde a la legislación laboral, ésto está relativamente bien tipificado y sistematizado y a menudo basta con asociarse a una mútua de trabajo de solvencia reconocida y seguir las pautas marcadas por dicha mútua.
En lo que corresponde a los delitos medioambientales, la cuestión es mucho más específica de la industria en cuestión, como por ejemplo se puso en evidencia en el accidente de la mina de Aznalcollar en Andalucia, en 1998, con vertidos de sustancias tóxicas en el sistema hidrológico cercano a las marismas del Guadalquivir.
Aunque la cobertura de riesgos mediante seguros suscritos por terceros aparentemente no exige un conocimiento muy a fondo de la realidad de la empresa, lo cierto es que para tener un adecuado nivel de aseguramiento, y no estar ni sobreasegurado ni subasegurado respecto de la siniestralidad real de la actividad industrial, conviene conocer con precisión las características de la ingeniería de seguridad de la empresa. En este sentido, las dos actividades reseñadas no son diferentes o disjuntas entre sí, sino que pueden considerarse las caras de una misma moneda: la seguridad industrial de la empresa o servicio que se considera.
Precisamente por esta dualidad en la gerencia de riesgos, en principio se podría optar por ser más laxos en la ingeniería de seguridad, y dedicar mayor presupuesto a primas de seguros, para cubrir los perjuicios generados por los posibles accidentes. Alternativamente, cabe pensar en mejorar nuestra ingeniería de seguridad, y reducir los costos de las primas de los seguros. Es decir, cabe cargar la cobertura de seguridad en el aseguramiento externo, o cabe mejorar la seguridad mediante una mejor práctica de seguridad en el interior de la empresa.
Ni que decir tiene que es esta última opción de mejorar la calidad de la seguridad la que resulta recomendable, entre otras cosas por la carestía de las primas de los seguros cuando la situación de seguridad no es muy conocida, o arroja sospechas de que no goza de suficiente calidad. Lógicamente en esos casos las compañías aseguradoras tienden a subir las primas para cubrirse de las incertidumbres que el mal conocimiento
de la seguridad de la empresa comporta.
Ya se ha mencionado que en las empresas industriales españolas aproximadamente el
0,75% del volumen de negocio se dedica a la ingeniería de la seguridad, ésto es, a gastos en inversiones, equipo, formación, pago de auditorías externas, etc.
Esto significa un gasto anual superior a los 200.000 millones de pesetas, pero a ello hay que añadir lo que se invierte en seguridad en las nuevas plantas. En este caso, el porcentaje de lo que representa la seguridad sobre el total es muy superior a lo anteriormente mencionado que puede considerarse constituye los gastos corrientes de la seguridad. Por lo que corresponde a los gastos de seguridad en las inversiones, éstos oscilan entre valores poco representativos en industria sin alta peligrosidad hasta valores superiores al 10% de la inversión en el caso de la industria química y aun más en el caso de la nuclear.
Obviamente es en estos sectores donde mayor importancia se da a la ingeniería de seguridad, y donde resulta muy dificil, por no decir imposible dados los requisitos de la legislación, descargar el tema de la seguridad en terceras partes merced a cobertura por seguros y pago de las correspondientes primas. En estos casos, tanto por la legislación nuclear como por las directivas Seveso y demás disposiciones que afectan a la industria química, el mayor peso de la gerencia de riesgos se haya en la ingeniería interna de seguridad.
Una tercera pero fundamental misión de la gerencia de riesgos es atender al cumplimiento de la legislación, particularmente aquélla que pueda incorporar delitos penales, como son las derivadas de la legislación laboral y de la nueva legislación en materia de delitos medioambientales. En este caso, la cobertura de riesgos se debe realizar mediante auditorías externas e internas que aseguren y demuestren el cumplimiento estricto de la legislación. Por lo que corresponde a la legislación laboral, ésto está relativamente bien tipificado y sistematizado y a menudo basta con asociarse a una mútua de trabajo de solvencia reconocida y seguir las pautas marcadas por dicha mútua.
En lo que corresponde a los delitos medioambientales, la cuestión es mucho más específica de la industria en cuestión, como por ejemplo se puso en evidencia en el accidente de la mina de Aznalcollar en Andalucia, en 1998, con vertidos de sustancias tóxicas en el sistema hidrológico cercano a las marismas del Guadalquivir.
No hay comentarios:
Publicar un comentario