miércoles, 16 de marzo de 2011

ESTADO DE TRANSPOSICIÓN AL DERECHO NACIONAL ESPAÑOL DE DIRECTIVAS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IV)

9 COMUNICACIÓN 89/C328/02 de la Comisión relativa a la valoración, desde el punto de vista de la seguridad, de los equipos de protección individual con vistas a su elección y utilización

* Tenida en cuenta por: - R.D. 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual.

* Guía del INSHT 1999.



10 DIRECTIVA 90/269/CEE del Consejo de 29.05.1990 sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores
(4ª específica)

* Incorporada por: - R.D. 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. (BOE
23.04.1997)

* Guía del INSHT 1998.



11 DIRECTIVA 90/270/CEE del Consejo de 29.05.1990 referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN (5ª específica)

* Incorporada por: - R.D. 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. (BOE
23.04.1997)

* Guía del INSHT 1998.



12 DIRECTIVA 90/394/CEE del Consejo de 28.06.1990 relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a AGENTES CARCINÓGENOS durante el trabajo (6ª específica). Modificada por primera vez por la Directiva 97/42/CE y por segunda vez por la Directiva 1999/38/CE.

* Incorporada por: -R.D. 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición
a agentes cancerígenos durante el trabajo. (BOE
24.05.1997)

* La directiva 97/42/CE está pendiente de transposición. Plazo: hasta 27 de junio de 2000.




IV.68

* La directiva 1999/38/CE está pendiente de transposición. Plazo: hasta 29 de abril de 2003.

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