No es objeto de este capítulo profundizar en los diferentes modelos de cálculo disponibles
para efectuar los análisis de consecuencias de accidentes graves. Existen referencias
suficientes en las guías técnicas citadas en el cuadro-6. También, en las guías técnicas
editadas por la Dirección General de Protección Civil referidas en el cuadro-6, se dan
pautas para fijar criterios generales de base para proceder al análisis de consecuencias en
el estudio de seguridad.
En cuanto a los valores umbral de los efectos de radiación térmica, sobrepresión y
toxicidad que determinan las zonas de intervención y alerta ( ver cuadros-13 y 14 ) en una
emergencia, estos criterios están fijados en la "Directriz Básica para la Homologación de
los Planes Especiales del Sector Químico" citada en el apartado B-1 "requisitos legales", de
este capítulo.
Para los valores de temperatura ambiente, humedad relativa, velocidad del viento y
categoría de estabilidad atmosférica empleadas para los cálculos, fue necesario justificar
su adopción de forma coherente con las condiciones meteorológicas habituales y
frecuentes en la zona donde se ubica la instalación objeto del proyecto. Para ello fue
necesario recurrir a datos de un observatorio meteorológico reconocido y fijar las
condiciones de forma justificada.
En cuanto a la estabilidad atmosférica y la dirección del
viento, se efectuaron los cálculos tanto para la condición más probable como para la más
desfavorable en los casos de fugas tóxicas y nubes de gas inflamable.
En cualquier caso, el estudio de riesgos debe documentar de forma expresa y clara cuáles
han sido los criterios básicos empleados en el cálculo de consecuencias. Una vez fijado
esto, se procede a describir con detalle los datos concretos de cada hipótesis y a calcular
los alcances de los efectos hasta sus valores umbral.
Una vez calculadas todas las distancias en metros, del alcance donde los efectos
sobrepasan los valores umbrales establecidos, se procedió a seleccionar en cada hipótesis
aquel efecto que alcanzaba mayor distancia. Se representaron las áreas potencialmente
afectadas mediante círculos con centro en las coordenadas del equipo o lugar de la
instalación donde se establece la hipótesis accidental y radio los alcances máximos
obtenidos para las zonas de intervención y de alerta. Esta representaciones se realizaron
sobre planos suficientemente detallados del área donde se ubica la instalación. A partir de
aquí, se clasificaron los potenciales accidentes en categorías (1, 2 o 3 ), en función de sus
alcances y de acuerdo a los siguientes criterios fijados por la Directriz Básica citada
anteriormente. Estos criterios son:
ACIIDENTES DE CATEGORÍA 1:
Aquellos accidentes en los que de acuerdo con el estudio de seguridad se prevea que
tengan como única consecuencia daños materiales en la instalación accidentada, no
previéndose daños de ningún tipo en el exterior del exterior del establecimiento industrial.ACCIDENTES DE CATEGORÍA 2: Aquellos accidentes en los que de acuerdo con el estudio de seguridad se prevea que tengan como consecuencia posibles víctimas y daños materiales en la instalación industrial. Las repercusiones en el exterior del establecimiento industrial se limitan a daños leves o efectos adversos sobre el medio ambiente en zonas limitadas.
ACCIDENTES DE CATEGORÍA 3: Aquellos accidentes en los que de acuerdo con el estudio de seguridad se prevea que tengan como consecuencia posibles víctimas, daños materiales graves o alteraciones del medio ambiente en zonas extensas en el exterior del establecimiento industrial.
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