miércoles, 13 de abril de 2011

ESTADO DE TRANSPOSICIÓN AL DERECHO NACIONAL ESPAÑOL DE DIRECTIVAS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (VII)

8 DIRECTIVA 89/656/CEE del Consejo de 30.11.1989 relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL (3ª específica)

* Incorporada por: - R.D. 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual. (BOE 12.06.1997)

* Guía del INSHT 1999.



9 COMUNICACIÓN 89/C328/02 de la Comisión relativa a la valoración, desde el punto de vista de la seguridad, de los equipos de protección individual con vistas a su elección y utilización

* Tenida en cuenta por: - R.D. 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual.

* Guía del INSHT 1999.



10 DIRECTIVA 90/269/CEE del Consejo de 29.05.1990 sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores
(4ª específica)

* Incorporada por: - R.D. 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. (BOE
23.04.1997)

* Guía del INSHT 1998.

No hay comentarios:

Publicar un comentario