lunes, 16 de julio de 2012

Por medio de barreras o envolventes.

Las barreras o envolventes tienen por objeto evitar cualquier contacto con las partes activas. Por tal motivo todas las partes activas deben estar en el interior de envolventes o detrás de barreras con un grado de protección mínimo IP2X (según UNE 20-324). Las superficies horizontales fácilmente accesibles de barreras o envolventes tendrán un grado de protección mínimo IP4X.

Las barreras o envolventes serán robustas y duraderas y se fijarán de forma segura y a la distancia adecuada de las partes activas, teniendo en cuenta para ello las influencias externas a las que vayan a estar sometidas.

La eliminación de barreras ó envolventes solo se realizará cumpliendo determinados requisitos.

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