En las anteriores recomendaciones de la Comisión Internacional de Protección
Radiológica (ICRP, 1977) se afirmaba que “si el hombre está adecuadamente protegido,
entonces otros seres vivos probablemente también estén suficientemente protegidos”.
Dicha afirmación se ha venido aceptando en el pasado sin mucha discusión, a pesar de
su ambigüedad. De hecho, al examinar la situación en el entorno de instalaciones
concretas siempre se ha encontrado que resulta razonable e incluso conservadora. No
obstante, la complejidad de las relaciones entre las especies de cualquier ecosistema
hace aconsejable un estudio más detallado de los efectos de la radiación sobre las
especies no-humanas.
Como se ha podido constatar tras el accidente de Chernóbil, la liberación de
radionucleidos al medio ambiente puede ocasionar dosis de radiación a ciertos
organismos mucho mayores que las recibidas por el ser humano. La diferencia principal
reside en la forma en que los riesgos planteados se valoran. Así, mientras que el riesgo a
las personas se valora individualmente, en el caso de los animales se trata de valorar el
impacto sobre las especies. Podría resultar admisible que se causen daños a algunos
individuos mientras que la población en general no se viese amenazada. Por el contrario,
en el caso de especies amenazadas o protegidas, también se pondrá énfasis en la
protección de los individuos.
En ese sentido, las recomendaciones más recientes de la CIPR (ICRP, 1991) han
modificado el párrafo anterior como sigue:
“La Comisión cree que el nivel de control medioambiental necesario para proteger al
hombre en la medida considerada actualmente como deseable, asegurará asimismo
que otras especies no se expongan a situación de riesgo. Miembros individuales de
especies no humanas podrían, a veces, ser dañados, pero no hasta el punto de poner
en peligro especies enteras o crear desequilibrios entre distintas especies”.
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