domingo, 30 de noviembre de 2008

Evaluación de riesgos en la Seguridad Laboral. Medidas de protección (IV)

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales no sólo requiere de su desarrollo reglamentario, ya aludido, sino asimismo de la asistencia de una serie de entidades y herramientas operativas que permitan la mejor gestión de la seguridad. Algunas de esas entidades son de tipo general, y merece citarse las siguientes:

- Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
- Fondo de prevención y rehabilitación, que se nutre de los excesos o superavits de las Mutuas de accidentes
- Inspección de trabajo y seguridad social
- Instituto Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo
- Fundación para la promoción de la seguridad y salud laboral
- Organismos de normalización y de infraestructura industrial, que coadyuven a la mejora de la seguridad mediante acciones genéricas.
- Entidades auditoras, de inspección y de control y similares, que contribuyan a la puesta en práctica de las políticas genéricas de seguridad.


Por otro lado, en el ámbito de cada empresa o conjunto de empresas similares, se tienen que contemplar una serie de herramientas o instrumentos de gestión de la seguridad como son:

- Mecanismos de evaluación de riesgos, por auditorías externas o internas
- Programa de formación de trabajadores en temas de seguridad
- Establecimiento de manuales de seguridad e higiene específicos de las instalaciones de la empresa
- Planes y manuales de emergencia y de respuesta ante accidentes
- Gerencia empresarial de riesgos


El conjunto de todas las prácticas que deben implantarse en el seno de la empresa y la vertebración de estas prácticas con los procedimientos operativos ordinarios, debe recogerse en un manual de seguridad que incluya todos los procedimientos identificados al efecto para mejorar la seguridad, incluyendo la identificación de medidas específicas a implantar en aquellos puntos que necesitan corrección, más la revisión de ésto cuando se haya producido la corrección en cuestión. También se tienen que contemplar las actividades de formación y entrenamiento pertinentes.

En ello pueden ser extremadamente útiles los Manuales de prevención de salud laboral, que diversas Mutuas de accidentes publican y mantienen actualizados con objeto de ayudar a sus mutualistas a cubrir los objetivos de los servicios de prevención.

Estos manuales deben ser confrontados en su utilidad práctica mediante auditorías en las que se revisen los procedimientos y las actuaciones en evaluación de riesgos, todo
lo cual debe quedar documentalmente archivado para sus revisiones pertinentes. Esto incluye la verificación de que las especificaciones técnicas de control y vigilancia de las variables físicas y químicas se producen de tal manera que puedan declararse situaciones de emergencia cuando sea pertinente. Como colofón de ésto se necesita la elaboración de Planes de emergencia para actuar en respuesta a accidentes de la diversa tipología que se haya identificado en las auditorías.

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