sábado, 18 de octubre de 2008

Alcance de los accidentes graves (I)

Antes de proseguir es conveniente introducir las definiciones, que figuran en la directiva 96/82/CE, y en la Resolución de 30/1/91, de ciertos conceptos que nos permitirán aclarar y en cierto modo delimitar el contenido del tema. Estas son:
1. Establecimiento: la totalidad de la zona bajo el control de un industrial en la que se encuentren sustancias peligrosas en una o varias instalaciones, incluidas las infraestructuras o actividades comunes o conexas

2. Instalación: una unidad técnica en el interior de un establecimiento en donde se produzcan, utilicen, manipulen o almacenen sustancias peligrosas. Incluye todos los equipos, estructuras, canalizaciones, maquinaria, instrumentos, ramales ferroviarios particulares, dársenas, muelles de carga o descarga para uso de la instalación, espigones, depósitos o estructuras similares, estén a flote o no, necesarios para el funcionamiento de la instalación



3. Industrial: cualquier persona física o jurídica que explote o posea el establecimiento o la instalación o, si está previsto en la legislación nacional, cualquier persona en la que se haya delgado, en relación con el funcionamiento técnico, un poder económico determinante.

4. Sustancias peligrosas: las sustancias, mezclas o preparados enumerados en el Anexo I
o que cumplan los criterios establecidos en el Anexo II, y que estén presentes en forma
de materia prima, productos, subproductos, residuos o productos intermedios, incluidos aquellos de los que se pueda pensar justificadamente que se forman en caso de accidente.

5. Accidente grave: un hecho como una emisión, incendio o explosión importantes, que resulte de un proceso no controlado durante el funcionamiento de cualquier establecimiento al que se aplique la Directiva 96/82/CE, que suponga un peligro grave,
y sea inmediato o diferido, para la salud humana o el medio ambiente, dentro o fuera del establecimiento, y en el que intervengan, una o varias sustancias peligrosas.

6. Peligro: la capacidad intrínseca de una sustancia peligrosa o una situación física de ocasionar daños a la salud humana o al medio ambiente.

7. Riesgo: la probabilidad de que se produzca un efecto específico en un periodo de tiempo determinado o en circunstancias determinadas.

8. Almacenamiento: la presencia de una cantidad determinada de sustancias peligrosas confines de almacenamiento, depósito en custodia o reserva.

9. Daño: la pérdida de vidas humanas, las lesiones corporales, los perjuicios materiales y el deterioro grave del medio ambiente, como resultado directo o indirecto, inmediato o diferido de las propiedades tóxicas, inflamables, explosivas u oxidantes de las sustancias peligrosas, y a otros efectos físicos o fisicoquímicos consecuencia del desarrollo de las actividades industriales

10. Elemento vulnerable: las personas, el medio ambiente y los bienes que pueden sufrir daño como consecuencia de los accidentes graves.


11. Umbral: valor de la magnitud física peligrosa a partir de la cual se justifica la aplicación
de una determinada medida de protección y sirve, para definir los límites de las zonas objeto de planificación

12. Dosis: cantidad de una sustancia incorporada al organismo por cualquier vía de exposición

13. Efecto dominó: concatenación de efectos que multiplica las consecuencias debido a que los fenómenos peligrosos pueden afectar, además de los elementos vulnerables exteriores, otros recipientes, tuberías o equipos de la instalación provocando otros fenómenos peligrosos con consecuencias adicionales.


De estas definiciones y del planteamiento inicial es fácil intuir la gran variedad de los accidentes graves causados por fallos excepcionales no esperados en los establecimientos en que se encuentren o puedan generarse en el futuro ciertas sustancias peligrosas (tóxicas, inflamables, explosivas, comburentes, etc) en cantidades iguales o superiores a los valores umbral que se consideran seguros.

Generalmente, la secuencia de sucesos imprevistos se producen en la fabricación, almacenamiento y transporte en el interior de los establecimientos provocando víctimas y daños materiales en el interior o exterior de los establecimientos

3 comentarios:

  1. La seguridad es un tema extremadamente importante y se tiene que hacer una formación continuada en este aspecto para mejorar las instalaciones y concienciar a los trabajadores del peligro en su trabajado

    ResponderEliminar
  2. En la industria, cualquier elemento o espacio puede ser peligroso para los operarios si no se vigila. Desde un material a un espacio como el muelle de carga, o cualquier máquina que se mueva o cargue grandes cantidades de peso. Hay que ser muy cuidadoso, la prevención es siempre el primer paso para no tener que lamentar nada.

    Laura

    ResponderEliminar
  3. Estoy totalmente de acuerdo, la seguridad debe de ser máxima. Una buena mejora es la utilización de plataformas elevadoras en lugar de las escaleras, se evitan muchos accidentes!

    ResponderEliminar