sábado, 24 de marzo de 2012

Valoración de la exposición ambiental a agentes químicos. Valores-límite (I)

La evaluación de los riesgos suele ser más complicada en los casos en que el riesgo sea
por la vía respiratoria y, por lo tanto, corresponda a la presencia de uno o varios contaminantes en el ambiente de trabajo. Presencia que a veces no es el resultado de una diseminación del propio producto que se manipula, por pulverización, evaporación, difusión
(de gases) o simple dispersión en el caso de polvo o partículas, sino por la existencia de impurezas o de ciertos aditivos u otros materiales empleados o por la formación in situ, ya sea como producto intermedio de un proceso, el propio producto final o como subproducto que se desprende durante el mismo proceso o por la intervención de otros procesos, ya sean intencionados o no.

En estos casos es imprescindible determinar la naturaleza, grado y duración de la exposición de los trabajadores a los diferentes agentes para poder evaluar los correspondientes riesgos y después tomar las medidas a que hubiera lugar. Esta evaluación debe repetirse a intervalos regulares y siempre que se produzca un cambio de las condiciones de trabajo que pueda suponer una alteración de la exposición. Para realizar la evaluación del riesgo se deben tener en cuenta todos los factores que puedan influir, como otras vías de entrada al organismo, principalmente a través de la piel, efectos aditivos o sinérgicos por la existencia de otros agentes, anteriores exposiciones, en particular si se dan efectos acumulativos, tipo de trabajo (grandes esfuerzos, ciertos ritmos
de trabajo o condiciones termohigrométricas, pueden provocar, por ejemplo, una
respiración más acelerada, y por lo tanto la incorporación de una dosis mayor de contaminante), estado biológico de las personas (embarazo, hipersensibilidad, tratamiento médico,...), ciertos hábitos (si son fumadores, higiene personal con productos agresivos, maquillaje,...) y otros datos, recogidos en particular a través de la vigilancia médica. También debe tenerse en cuenta las medidas preventivas ya adoptadas.

Para valorar el riesgo se compara los resultados de la evaluación de la exposición con el criterio escogido de valoración. En los casos ambientales en el trabajo en general se recurre, si ello es necesario, a la medición de concentraciones ambientales del contaminante como dato numérico de base. El criterio de valoración establece valores de referencia con los que se comparan los resultados de la evaluación de la exposición.

El establecimiento de los valores de referencia se realiza a partir de datos epidemiológicos, ensayos toxicológicos, estudios de extrapolación química y otras investigaciones, y requiere la determinación previa de los efectos admisibles en relación con el conjunto de una población de referencia que se toma como normal, lo que se traduce en una dosis máxima tolerable. A partir de este dato y en relación con una jornada de trabajo tipo o cualquier otro período de tiempo de referencia, teniendo en cuenta la relación entre la concentración existente en el ambiente y la dosis incorporada al organismo, se puede fijar
un valor-límite de exposición.

En general, pueden ser de dos tipos: "puntuales" o "ponderados" respecto un período de tiempo predeterminado. Los primeros se denominan concentraciones máximas permisibles o valores techo (Ceiling Values) y los segundos valores promedio máximos permisibles de exposición.

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