domingo, 2 de enero de 2011

PELIGROSOS PARA EL MEDIO AMBIENTE ACUATICO

Dentro de los PELIGROSOS PARA EL MEDIO AMBIENTE ACUATICO se distinguen:

Los MUY TOXICOS PARA LOS ORGANISMOS ACUATICOS Y QUE PUEDEN PROVOCAR A LARGO PLAZO EFECTOS NEGATIVOS EN EL MEDIO AMBIENTE ACUATICO si la sustancia no es fácilmente biodegradable (o cumple ciertas condiciones)
y los ensayos de toxicidad aguda para peces en agua dulce, para Daphnia y para algas
ofrecen unos resultados por debajo de ciertos determinados valores.

Los simplemente MUY TOXICOS PARA LOS ORGANISMOS ACUATICOS que arrojan los mismos resultados de los ensayos de toxicidad para peces en agua dulce que en el caso anterior, pero son fácilmente biodegradables (o no cumplen las condiciones a las que se refiere el caso anterior).

Los TOXICOS PARA LOS ORGANISMOS ACUATICOS QUE PUEDEN PROVOCAR A LARGO PLAZO EFECTOS NEGATIVOS EN EL MEDIO AMBIENTE ACUATICO, análogos al primer caso de sustancias no fácilmente biodegradables pero cuyos ensayos
de ecotoxicidad arrojan resultados por encima de aquellos valores aunque por debajo de otros no tan alarmantes.

Los NOCIVOS PARA LOS ORGANISMOS ACUATICOS QUE PUEDEN PROVOCAR A LARGO PLAZO EFECTOS NEGATIVOS EN EL MEDIO AMBIENTE ACUATICO, análogos al último caso pero con resultados por encima de los anteriores aunque por debajo de unos máximos, por encima de los cuales se pueden considerar como no nocivos, salvo prueba en contrario de otros ensayos adicionales.

Los simplemente NOCIVOS PARA LOS ORGANISMOS ACUATICOS, cuando no cumplen con los criterios establecidos para clasificarlos en alguna de las anteriores categorías, pero que no obstante, pueden presentar un peligro para la estructura o el funcionamiento
de los ecosistemas acuáticos, según los ensayos sobre su toxicidad.

Los que simplemente PUEDEN PROVOCAR A LARGO PLAZO EFECTOS NEGATIVOS EN EL MEDIO AMBIENTE ACUATICO, que no cumpliendo con los anteriores criterios, pueden presentar un peligro, retardado o a largo plazo, para la estructura o funcionamiento de los ecosistemas acuáticos, según las pruebas de que se disponga sobre su persistencia, potencial de acumulación y sobre su destino y comportamiento en
el medio ambiente. Por ejemplo, las sustancias poco solubles en agua y que no sean fácilmente degradables y el logaritmo del coeficiente de reparto n-octanol/agua sea igual o mayor que 3,0, salvo que el FBC sea < 100

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