Este módulo describe el procedimiento por el cual, un Organismo Notificado comprueba y certifica que un ejemplar representativo de la producción considerada cumple los requisitos de la Directiva que le son aplicables. Para ello, el fabricante o su mandatario establecido en la UE;
6.2.1 Presenta una solicitud de Examen CE de Tipo ante un Organismo Notificado junto a la que incluye aparte de su nombre y dirección, una declaración escrita de que la misma solicitud no la ha presentado a ningún otro Organismo Notificado, la documentación técnica indicada en 6.1.1, y un ejemplar del producto representativo de la fabricación considerada, en lo sucesivo llamado "tipo".
6.2.2 El Organismo Notificado procede a:
a) Examinar la documentación técnica.
b) Comprobar la adecuación del tipo a la documentación técnica.
c) Comprobar que el producto se ha diseñado teniendo en cuenta que se han utilizado las normas correspondientes, y si estas se han aplicado correctamente.
d) Realizar los controles y ensayos necesarios para verificar que las soluciones adoptadas por el fabricante cumplen con las exigencias esenciales de la Directiva y que las normas correspondientes se han aplicado eficazmente.
e) Concertar con el fabricante el lugar donde se efectuarán los controles y ensayos.
6.2.3 Si lo indicado en 6.2.2, se resuelve satisfactoriamente, el Organismo Notificado expedirá al solicitante un CERTIFICADO DE EXAMEN CE DE TIPO
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