domingo, 23 de septiembre de 2012

Principios básicos y reglamentación sobre protección radiológica - II


A los efectos de la protección radiológica se definen las prácticas como todas aquellas actividades que pueden incrementar la exposición humana por introducir nuevas fuentes de radiación, vías de exposición o individuos expuestos, o por modificar las relaciones entre las fuentes ya existentes y el hombre. Para conseguir lograr el objetivo fundamental de la protección radiológica se establecen tres principios
básicos:
a) Justificación: Toda práctica debe producir el suficiente beneficio a los individuos expuestos o a la sociedad como para compensar el detrimento por causa de la exposición a la radiación.
b) Optimización: Para cualquier fuente de radiación, las dosis individuales, el número de personas expuestas, y la probabilidad de verse expuestas, deben mantenerse tan bajas como sea razonablemente posible, teniendo en cuenta consideraciones sociales y económicas (ALARA5).
c) Limitación de dosis y riesgos individuales: La exposición individual al conjunto de fuentes susceptibles de control ha de estar sujeta a limites en la

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