lunes, 26 de noviembre de 2012

Introducción - II

La necesidad de una legislación para prevenir accidentes graves de origen químico, y mitigar sus consecuencias. A lo largo de su historia, y en muchos lugares del mundo, la industria química ha registrado accidentes que de acuerdo a los criterios legales actuales, podemos catalogar como graves; es decir, aquéllos que sus consecuencias negativas para las personas, los bienes o el medio ambiente, han ido más allá de los límites del recinto de la propia fábrica donde se han producido.

El de Seveso, ocurrido en 1976 en una planta química de fabricación de pesticidas y herbicidas cercana a la localidad italiana llamada así, es el que ha dado nombre a las Directivas Europeas que pretenden promover y regular la prevención de accidentes graves de origen químico y mitigar sus consecuencias si llegan a producirse. Pero el accidente de Seveso, no ha sido el único. Nombres como Feyzin , en Francia, San Juanico en Méjico o Bhopal en la India, han recordado, de forma dramática por la pérdida de vidas y bienes, que es necesario controlar la forma de llevar a cabo las actividades de diseño, construcción y explotación de plantas químicas en las que se manejan sustancias peligrosas por encima de un determinado umbral de cantidad, o en unas condiciones de proceso que pueden conducir a consecuencias negativas no admisibles fuera de las propias plantas. 
En 1982 la entonces Comunidad Económica Europea adoptó la Directiva del Consejo 82/501/CEE (Directiva Seveso). En 1984 ocurrió el accidente de Bhopal donde una fuga de metil-isocianato causó más de 2500 muertos entre personas que vivían en las inmediaciones de la fábrica, y en 1986 con motivo de un incendio en un almacén de productos químicos en la ciudad suiza de Basilea, el agua empleada para combatirlo se contaminó con mercurio y pesticidas organofosforados, provocando la muerte de medio millón de peces en el Rin. A la vista de estos y otros accidentes similares, la Directiva Seveso fue modificada parcialmente en dos ocasiones durante 1987 y 1988 para ampliar el alcance y extenderlo a actividades antes no contempladas, como eran las de almacenamiento de productos. 
Por último en 1996 se aprobó la Directiva del Consejo 96/82/EC llamada SevesoII. Uno de los principales cambios, no el único significativo e importante, fue la introducción de la exigencia a los industriales de establecer una política de prevención de accidentes graves y un sistema de gestión de seguridad adecuado para desplegar esa política de manera efectiva y eficaz. Este nuevo requisito obedece a las lecciones aprendidas de accidentes ocurridos, en los que ha podido constatarse como causa “raiz” de los mismos la carencia de una política y un sistema de gestión adecuados por parte de los industriales. El propósito de la SevesoII es doble: Por un lado la prevención de accidentes graves donde estén involucradas sustancias peligrosas; por otro, dado que los accidentes siguen ocurriendo, el propósito es limitar las consecuencias de los mismos teniendo como objeto de protección la comunidad (no sólo las personas, sino también los aspectos ambientales).

No hay comentarios:

Publicar un comentario